¿Tiene un arquitecto responsabilidad penal en una obra?

Sí, un arquitecto deberá estar en la capacidad de da respuestas antes, durante y después de ejecutar su obra; de modo que, las técnicas y procedimientos aplicados, han de estar soportados en un Informe de Gestión, el cual refiera desde la calidad de los materiales, hasta los protocolos de edificación.

Es importante que, durante la formación profesional, el arquitecto, se apropie de las teorías y fundamentos legales que aplican a su ejercicio profesional; de esta forma, estará apercibido, aunque, su desconocimiento, no le exime de su aplicación.

El desarrollo del tfm arquitectura, debe dejar implícito el asumir la responsabilidad de cada elemento integrado para la construcción del proyecto.

Sean bienvenidos (as) a conocer los fundamentos legales e implicaciones en el ejercicio profesional de la arquitectura.

¿Tiene un arquitecto responsabilidad penal en una obra?

Cuatro tipos de implicaciones legales de un arquitecto

Ya hemos mencionado que el asumir una responsabilidad de esta índole, ha de responder no solo cuando se planea el proyecto sino, cuando ejecuta y posterior a su edificación, es decir, mientras se componente la co-habitabilidad de personas, ambiente y más.

En fin, toda una responsabilidad de gran envergadura. Veámosle en detalle:

 

  1. Responsabilidad civil

Se refiere a la edificación de la infraestructura en sí. La debida coordinación del equipo que interviene en la obra; la apreciación de puntos de vistas profesionales y la debida aplicación de los materiales de calidad establecidos en el presupuesto.

La responsabilidad civil, abarca la objeción a la funcionalidad y operatividad bien sea por omisión u acción.

Cualquier tipo de negligencia profesional, será tratado a los efectos de la ley la cual tendrá responsabilidades penales, inhabilitación de su ejercicio profesional y de multas.

 

  1. Responsabilidad ética

El valor ético en la práctica de la arquitectura, tiene que ver con las consecuencias a posibles víctimas producto de sus acciones u omisiones.

Por ello, es importante el diálogo abierto y plantear las posibles consecuencias de llevar a cabo una obra en los términos que se diagnosticó. De esta forma, no tendrá como eximirse, pero, podrá ser considerado como un valor a favor del profesional.

Cumplir con los códigos de construcción y estándares de seguridad y emplear materiales y métodos de construcción de calidad, son parte de la ética profesional.

 

  1. Por daños a propiedad

Ante la caída de una estructura y/o consecuencias del mal aprovechamiento de los recursos materiales; incendios por fugas y mala conexión de circuitos o tuberías, es necesario soportarle en informe técnico, pero, al mismo tiempo, canalizarle ante de su proliferación.

Si, en caso de realizar el informe final y, no haber solventado tales daños, será imputables al profesional de la obra, llevándole a asumir tal responsabilidad.

Entre las formas de hacerlo se hallan las siguientes: Reconocimiento de la inversión (retorno); multas; penales y/o deserción de su práctica profesional.

 

  1. Angustia emocional

Ante la pérdida de bienhechurías y/o propiedades, suele conllevar una carga y responsabilidad emocional por parte de quienes habitan tales estructuras.

Este daño, es irreversible, de modo que, ante afecciones de orden estructural (sistema nervioso central) a consecuencia de incendios, terremotos, lluvias torrenciales u otras), será responsabilidad del arquitecto de la obra.