La Bigamia delito se refleja en los artículos del Código Penal como un hecho punible y procesable por la ley. Por lo tanto, es importante saber cómo debe ser desarrollado y las características más importantes que se reflejan en él.
Dentro del Código Penal se establecen todos los lineamientos y principales acciones en caso de algún delito que se cometa. En España no se permite la práctica de la bigamia, por lo cual existe este tipo de regulaciones cuando ocurre.
En este artículo estableceremos todos los detalles importantes sobre la Bigamia delito y sus fundamentos legales más básicos e importantes.
Características importantes de la Bigamia delito y su procesamiento según la historia
La Bigamia está definida como la situación o proceso donde una persona está casada con dos personas al mismo tiempo. Es importante resaltar que tiene que existir la acción de matrimonio para que la ley lo considere como una bigamia.
Dentro del sistema judicial español, en este tipo de situaciones se incluye también a la poligamia y la doble bigamia. Entendiendo esto, el delito se basaría en dos o más personas que han contraído matrimonio con el actor del mismo.
Desde el siglo XIX se conocen antecedentes sobre la pena de castigo a personas por cometer actos de este tipo. En 1822 estos actos eran condenados de 5 a 8 años de obras públicas y con la pena de estuprador.
Sin embargo, la pena se reducía si en el segundo matrimonio el ofensor se arrepentía antes de consumar o cohabitar. Para este momento de la historia, se considera que el estuprador ha abusado de una mujer con un falso matrimonio.
En 1848 se establece que la pena a las personas que cometen este delito determinado debe ser la máxima establecida. En el año de 1870 se mantiene dicha pena máxima como sentencia para los casos donde exista la bigamia delito.
A partir del año 1928 se reduce la pena de 1 a 4 años de prisión para quien lo cometa. Para 1932 cambia la sentencia, siendo esta la pena de prisión menor en caso de cometer un acto de bigamia.
Con la evolución histórica de los Códigos Penales españoles se puede notar la permanencia de la prohibición de la bigamia. Sin embargo, se ha reducido la pena considerablemente, al igual que otros delitos y leyes que también han sido modificadas.
Estas son las consideraciones generales más importantes sobre la bigamia delito y su evolución histórica en los Códigos Penales españoles.
El Delito de Bigamia en el Código Penal español actual
El artículo 217 del Código Penal vigente que se encuentra en el Capítulo de Matrimonios Ilegales habla sobre la bigamia. Dicho artículo explica que el ofensor es quien contrae un segundo matrimonio, conociendo la existencia del primero y sin anularlo.
Gracias a las acciones de la inclusión de los matrimonios del mismo sexo, esta ley fue una de las modificadas. Por lo tanto, ya no se habla de géneros, sino directamente de una persona que haya hecho bigamia con otras.
La pena o sentencia para un delito de bigamia, según el Código Penal es de 6 meses a 1 año. Como hemos mencionado antes, se mantiene la condena al delito como tradición de años, pero se disminuye la pena considerablemente.
Todo este procesamiento judicial de delito de bigamia está amparado dentro de la rama de Derecho Penal en la ley. Sin embargo, existe una ideología más allá de la ley que también fundamenta el sistema para este tipo de casos específicos.
La concepción de un matrimonio monogámico está basada en los valores y tradiciones adquiridas de las creencias judías y cristianas. De allí parte la idea del respeto hacia la pareja de vida, cónyuge o cualquier otro sinónimo de ello.
Para que este delito se considere a sí mismo como tal, es indispensable que el ofensor tenga conocimiento del mismo. Por otro lado, si la persona desconoce que posee un matrimonio anterior, no se establece la pena por el delito.
Según la ley, se considera a un matrimonio consumado cuando el mismo se ha celebrado de alguna forma que corresponda. Igualmente, hay muchas instituciones que certifican que las personas no tienen ninguna de estas irregularidades para evitar inconvenientes a futuro.
El Código Penal ha evolucionado de gran manera desde sus inicios en el siglo XIX hasta ahora con estos resultados.
Algunas conclusiones muy importantes basadas en este delito
Resulta de mucha importancia recordar que este delito aplica en caso de tener un matrimonio no anulado por un Tribunal. El mismo es el encargado de establecer las sentencias con respecto a delitos y solicitudes referentes a estos hechos determinados.
Por otro lado, la persona que va a ser el cónyuge, no debe ser la misma que del primer matrimonio. En caso de ser la misma, esta ley no aplica, porque la misma sería una renovación de votos o similar.
El delito también inicia desde el momento que el ofensor o actor tramita la preparación en los órganos que regulan. Esto es porque, retomando el tema de la consciencia del acto, ya se tiene la voluntad directa de este delito.
Incluso para aquellas personas que no acuden al registro civil para la gestión de la ley, están cometiendo el delito. Por lo tanto, todo esto va más allá de la legalidad del segundo matrimonio o de cualquiera siguiente al 1ero.
Este tipo de delitos también es conocido como un delito de estructura, y estos deben estar solucionados de forma inmediata. Resulta importante que el matrimonio realizado se anule, luego de haber sido denunciado por los afectados del delito de bigamia
Por último, se espera que sean las personas cónyuges las que den el primer paso para denunciar el matrimonio ilegal. Las mismas personas son las que resultan afectadas, por lo cual lo más aconsejable es que acudan a las autoridades.
Con esto, ya se conocen las ideas principales sobre Bigamia delito y cómo se efectúa dentro del proceso que determine.