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Delito de falsedad documental
Antes de empezar con lo que seria delito de falsedad documental veamos antes de donde proviene la palabra «falsedad»
Con origen en el latín falsĭtas, el concepto de falsedad describe la falta de verdad o autenticidad de un objeto o individuo.
Una falsedad puede consistir en una mentira, noción que identifica a una declaración que oculta o tergiversa la realidad de manera parcial o absoluta.
Ejemplo:
Un niño rompe un vaso y nadie lo ve; cuando su madre le pregunta si sabe quién rompió dicho vaso, responde que no. En ese caso, el niño incurrió en una falsedad ya que mintió.
En todo país, es indispensable proteger la confianza que las personas puedan tener, en la autenticidad, perecidad, y eficacia aprobatoria de un documento.
Por ello el código penal, contempla penas bastante severas, para toda persona que falsifica un documento o introduce en un documento verdadero, datos o hechos falsos.
Es decir: para toda persona que comete un delito contra la llamada fe publica.
Los documentos oficiales son los públicos, ya que los ejemplos dados para su identificación no se diferencian ni por su contenido, ni por su forma o solemnidades de los públicos. Podrían ser los que cursan entre sí los organismos públicos, o que de ellos parten con destino a los particulares.
El código penal sanciona a través del denominado delito de falsificación de documentos o falsedad material a toda persona que todo o en parte, haga un documento falso o adultere uno verdadero que pueda dar origen a un derecho u obligación o pueda servir para probar un hecho.
Siempre y cuando el documento halla sido elaborado o adulterado con el propósito de ser utilizado y en tanto de su uso pueda resultar algún perjuicio
Ojo no es necesario que el documento del que estamos hablando efectivamente sea utilizado, aunque el usarlo como si fuese legitimo y generar con ello un perjuicio, también constituye un delito.
Penas del delito
Por este delito, la persona acusada su pena puede llegar hasta los 4 años de cárcel.
siempre y cuando el documento elaborado, adulterado o utilizado es un documento privado. Es decir en el que solo intervienen particulares.
Mientras que puede también llegar el acusado hasta los 10 años de cárcel si el documento es uno de naturaleza publica.
Es decir, un documento que este elaborado, visado o autenticado por un funcionario publico.
Como ocurre también con un registro publico, un testamento, un titulo transmisible por endoso o al portador, un cheque entre otros.
Falsedad ideológica
El código penal, también sanciona hasta con 6 años de prisión a través del denominado delito de falsedad ideológica.
Esto es a toda persona que inserta o hace insertar, en un instrumento publico, declaraciones falsas, de hechos que deban probarse con el documento.
Con el objetivo de usarlo como si la declaración fuera conforme a la verdad.
En estos casos, el documento en si no es falso, sino que por el contrario es autentico, verdadero, siendo únicamente falsa la información o declaración que contempla en su interior.
Por esta razón el delito de falsedad ideológica a diferencia de la falsedad de documentos o falsedad material, no puede cometerse, luego de haber sido realizado el documento, sino únicamente al momento de elaborar el mismo.
Buscándose proteger con este delito la veracidad de las declaraciones contenidas en el documento y no el documento en si, que siempre debe ser autentico
El código penal, sanciona otros supuestos, contra la fe publica, como es el delito de expedición de certificado medico falso.
A través del cual se sanciona al medico, que maliciosamente expide un certificado falso, respecto a la existencia o inexistencia de una enfermedad física o mental.
A quienes realicen esta conducta, se le sanciona con una pena de prisión, que puede legar hasta los 3 años, mas una de inhabilitacion para ejercer la profesión de hasta dos años.
Quien usa o presenta un certificado medico falso, tambien es sancionado con las mismas penas.
Conclusión
Recuerda:
«la falsificación, es un delito y las penas previstas son severas, vamos a construir ciudadanía y a fomentar el combate de esas conductas»