La bicicleta se ha convertido en el medio de transporte por excelencia en la actualidad. Cada vez más personas apuestan por bicis para trasladarse a su destino.
Sin embargo, los números de heridos por accidentes usando la bicicleta son alarmantes.
¿Los motivos? Principalmente imprudencia en medio de la conducción y desconocimiento sobre la normativa.
Un 40% de los ciclistas no tienen idea sobre las normas para conducir en las bicicletas. 1 de cada 10 ciclistas, de acuerdo a un estudio de seguridad vial, desconocen la normativa de circulación.
Este número no debe ser aceptado. Por eso, a continuación, desglosaremos todo lo relacionado con las leyes sobre las bicicletas para que, la próxima vez que uses el transporte sobre dos ruedas, conozcas las claves para evitar accidentes y colisiones.
Índice de contenidos
¿Qué leyes sobre las bicicletas regulan la conducción?
Existen tres reglas o normas establecidas por la autoridad con régimen constitucional que regulan la conducción en bicicleta. Las enumeramos de acuerdo a su grado de relevancia:
- Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Regulación en materia de tráfico, normas de circulación y elementos de seguridad.
- Reglamento General de Circulación. Regula los detalles que no se especifican en la ley mencionada. Aplicable sobre todo el territorio, en especial autopistas, autovías, vías rápidas, etc.
- Ordenanzas municipales. Leyes locales establecidas por los consejos municipales (alcaldes). No deben sobreponerse o contradecir las leyes anteriores.
Normas de circulación sobre las bicicletas
A continuación, mencionamos cuáles son las normas de circulación más importantes para los ciclistas que usan bicicletas como medios de transporte convencionales.
Equipamiento
Los ciclistas deben usar el casco de manera obligatoria cuando se encuentren conduciendo vías urbanas e interurbanas. Por ejemplo, las autovías, aceras, carriles, etc.
También es obligatorio instalar un timbre en la bicicleta cuando se encuentre conduciendo en vías urbanas e interurbanas para alertar a peatones u otros ciclistas.
Cuando se conduzca de noche, es obligatorio usar equipo reflectante para distinguirse y hacerse notar a una distancia de 150 metros. Usa este equipo recomendado:
- Bandas reflectantes.
- Bicicleta paseo mujer con luces reflectantes.
- Luz delantera.
- Luz trasera.
- Chaleco reflectante.
Es obligatorio llevar un sistema de frenado tanto para la rueda superior, como inferior.
Prohibiciones
Los ciclistas no escapan de las prohibiciones de conducción que regulan a los vehículos.
Se encuentra prohibido consumir alcohol o exponerse a drogas al conducir bicicletas. La alcoholemia deriva a una sanción monetaria. Lo mismo el uso de auriculares y dispositivo móvil.
Está prohibido cargar acompañantes u objetos pesados voluminosos que entorpezcan la conducción. También respetar las señales de tráfico, límites de velocidad y demás normas señaladas para los vehículos en vías urbanas e interurbanas.
En cuanto a la pregunta de: ‘¿se puede perder puntos por incumplir las normas de conducción?’ la respuesta es no. Solo se pierden puntos por infracciones que ocurriesen en vehículos señalados por la administración y la bicicleta no se encuentra incluida.
Circulación
Aquí encontramos diversas normas para diferentes tipos de vías: calzadas, autovías, carriles de bicicletas, etc. Veamos qué afecta para cada paso en específico.
Calzada y carril de bicis
Los ciclistas pueden circular por la calzada, zona de paso exclusiva para los peatones, siempre que existiese una vía señalizada. En ese caso pasaría a compartirse.
Asimismo, siempre debe conducirse en sentido de la acera, nunca en sentido contrario o de manera transversal. Si necesita pasarse a la otra calzada o devolverse, deberás bajarte de la bicicleta y caminar.
Los ciclistas están obligados a realizar señas cuando circulen por la acera o la calzada. Aquí algunas:
- Brazo izquierdo estirado horizontalmente para cambio de carril hacia la izquierda.
- Brazo izquierdo formando una escuadra para cambio de carril hacia la derecha.
- Brazo izquierdo hacia abajo para advertir la reducción de velocidad a peatones y ciclistas.
Autovías y carreteras
Los ciclistas solo pueden circular por las autovías, no por las autopistas. La diferencia radica en que las autovías son carreteras con calzadas separadas y las autopistas carreteras sin calzadas de uso exclusivo para los automóviles.
Los ciclistas pueden circular en grupo, nunca en pelotón, siempre que tomen medidas de seguridad y distanciamiento necesario para evitar choques o colisiones.
Asimismo, pueden conducir en paralelo cuando hubiese suficiente visibilidad; cuando no la hubiese, deberán conducir en tramos de uno en uno separados.
En carretera solo podrán circular por el arcén (franja contigua a la calzada acondicionada para peatones y ciclistas) siempre que se encuentre en perfectas condiciones y el ciclista sea mayor de 14 años.
Los ciclistas pueden adelantar a los vehículos siempre que no arriesguen su integridad. La distancia que deberán mantener los coches y los ciclistas de 1.5 metros.