Un hogar es un gusto inmenso, el logro fruto del trabajo, el ahorro, la constancia y el amor. Por ende, se transforme en una responsabilidad que no sólo queda en lo interno. Por ser parte de una comunidad y ésta, de la sociedad, cada acción que se hace en el hogar y que llega de una u otra manera al entorno, debe ser consensuada, regulada y bien administrada. Desde comprar taladros baratos para hacer reparaciones o mejoras, hasta crear nuevos espacios o remodelaciones masivas. Por ello es que muchos se preguntan esto, al ver que un vecino comienza reparaciones: ¿A qué hora puede mi vecino hacer ruidos de obra?, cuya respuesta está en las leyes, pero:
- Muchos vecinos van en contra de las disposiciones municipales, estatales, nacionales en materia de convivencia, salud y regulación en el área de la construcción, sea por desconocimiento o desinterés intencional (ergo, soberbia)
- Los trabajadores contratados parecen tener ciertos horarios personales y demandas que buscan cumplir a conveniencia propia, incluso en detrimento de sus contratantes, lo que también afecta al vecino que para dicho contratista, es una persona ajena a la cual no le da importancia.
- Las autoridades no disponen del personal civil para fiscalizar las mismas, muchas de ellas no participadas por el tamaño quizás, incluso por el mismo desconocimiento de solicitud de permisos o participaciones que se han de hacer sea a los ayuntamientos o municipalidades o incluso a las asociaciones de vecinos e incluso a los vecinos en un radio estimado por afectación auditiva.
¿Qué logra todo esto?
Esto hace que muchas personas, llegado el instante –y no antes-, se pregunten ¿A qué hora puede mi vecino hacer ruidos de obra?, lo que les lleva a consultar y luego solicitar que estos cesen o se regulen. Obviamente nos referimos a las afectadas. Lamentablemente, los mismos traen conflictos vecinales que pueden pasar de disgustos o agresiones o demandas ante jueces de paz o cortes comunales, que si bien pueden lograr un consenso, no evitan el resquebrajamiento de la convivencia vecinal pacífica.
¿A qué hora puede mi vecino hacer ruidos de obra?
Los horarios en zonas residenciales en España (y son equiparables a muchos países europeos y occidentales) son por normativa de lunes a viernes, de 8 de la mañana hasta las 21 horas. Esta medida aplica sólo en días laborables. Los sábados y domingos el horario es de 9:30 de la mañana hasta las 21 horas.
Lo anterior sólo aplica sí se usan herramientas manuales; si utilizaren máquinas eléctricas de todo tipo (por completo o intercalado con las manuales), de lunes a lunes han de terminar a las 20 horas.
¿A qué hora puede mi vecino hacer ruidos de obra?: Lo que se puede –y debe hacer- para concertar en sana paz
- Quienes hacen obras, debe saber que el límite de decibelios es de 35 diurno y 30 nocturno.
- Si pasan esa cantidad de ruido, deben conocer el horario en que menos pueda molestar a los vecinos y que los trabajos más intensos se realicen en ese lapso.
- Calcular con la mayor vehemencia, el tiempo que durará la obra para participarlo a las autoridades y a la comunidad, que por conciencia, tomará las previsiones del caso.
- Solicitar a las autoridades el uso de un sonómetro, para evitar discrepancias en torno a la atención debida a las disposiciones legales y así todos puedan aceptar de la manera más justa los colaterales de toda construcción y ser a su vez fiscales y garantes de las normas en las que aplica nuestra premisa: ¿A qué hora puede mi vecino hacer ruidos de obra?